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¿Cómo prevenir las enfermedades del corazón?

Descubre cómo prevenir enfermedades del corazón y tener una vida más saludable

La enfermedad cardíaca es la principal causa de muerte en los Estados Unidos. También es una de las principales causas de discapacidad. Hay muchas cosas que pueden aumentar el riesgo de enfermedad cardíaca. Se llama factores de riesgo. Algunos de ellos son incontrolables, pero muchos son posibles. Conocerlos puede reducir el riesgo de enfermedades del corazón.

¿Cuáles son los factores de riesgo de la enfermedad cardíaca que debo tener en cuenta?

La edad: Su riesgo de enfermedades del corazón sube a medida que envejece. Los hombres de 45 años o más y las mujeres de 55 años o más tienen un mayor riesgo

Historia familiar: Usted tiene un mayor riesgo si tiene un familiar cercano que tuvo una enfermedad cardíaca a una edad temprana

Sexo: Algunos factores de riesgo pueden afectar de manera diferente a las mujeres comparados con los hombres. Por ejemplo, el estrógeno brinda a las mujeres cierta protección contra las enfermedades del corazón, pero la diabetes aumenta más el riesgo de enfermedades del corazón en las mujeres que en los hombres

La Raza o etnia: Ciertos grupos tienen mayores riesgos que otros. Los afroamericanos son más propensos que los blancos a tener enfermedades del corazón, mientras que los hispanos son menos propensos a sufrirlas. Algunos grupos asiáticos, como los asiáticos del este, tienen tasas más bajas, pero los asiáticos del sur tienen tasas más altas

¿Qué puedo hacer para reducir mi riesgo de enfermedad cardíaca?

Asegúrese de dormir lo suficiente: Si no duerme lo suficiente, aumenta el riesgo de hipertensión, obesidad y diabetes. Estas tres afecciones pueden aumentar su riesgo de enfermedades del corazón. La mayoría de los adultos necesitan de siete a nueve horas de sueño por noche. Asegúrese de tener buenos hábitos de sueño. Si tiene problemas frecuentes para dormir, hable con su proveedor de atención médica. La apnea del sueño, por ejemplo, hace que las personas dejen de respirar brevemente muchas veces durante el sueño. Esto interfiere con su capacidad de obtener un buen descanso y puede aumentar su riesgo de enfermedad cardíaca. Si cree que podría tenerla, pregúntele a su médico si debería realizarse un estudio del sueño. Y si tiene apnea del sueño, asegúrese de recibir tratamiento.

Controle su presión arterial: La presión arterial alta (hipertensión) es un factor de riesgo importante para la enfermedad cardíaca. Es importante controlar su presión arterial con regularidad, al menos una vez al año para la mayoría de los adultos y más a menudo si tiene presión arterial alta. Tome medidas para prevenir o controlar la presión arterial alta, incluidos cambios en el estilo de vida.

 

Controle los niveles de colesterol y triglicéridos: el colesterol alto puede obstruir las arterias y aumentar su riesgo de enfermedad coronaria y ataque cardíaco. Los cambios en el estilo de vida y los medicamentos (si son necesarios) pueden reducir el colesterol. Los triglicéridos son otro tipo de grasa en la sangre. Los niveles altos de triglicéridos en la sangre también pueden aumentar el riesgo de enfermedad coronaria, especialmente en las mujeres.

 

Mantenga un peso saludable: tener sobrepeso u obesidad puede aumentar su riesgo de enfermedad cardíaca. Esto se debe a que están relacionados con otros factores de riesgo de enfermedades cardíacas, incluidos niveles elevados de colesterol y triglicéridos, presión arterial alta y diabetes. El control del peso puede reducir este riesgo

 

Una dieta saludable: Trate de limitar su consumo de grasas saturadas, alimentos con alto contenido de sodio y azúcares añadidos. Coma muchas frutas frescas, verduras y cereales integrales. La dieta DASH es un ejemplo de un plan de alimentación que puede ayudar a reducir la presión arterial y los niveles de colesterol, lo que a su vez puede reducir el riesgo de enfermedades del corazón.

 

Haga ejercicio regularmente: El ejercicio tiene muchos beneficios, mantiene el corazón sano y mejora la circulación. También puede ayudar a mantener un peso saludable y reducir el colesterol y la presión arterial. Todo esto puede reducir el riesgo de enfermedad cardiovascular.

 

Limite el consumo de alcohol: Beber demasiado alcohol puede aumentar la presión arterial y agregar calorías adicionales, lo que puede provocar un aumento de peso. Ambos aumentan el riesgo de enfermedad cardiovascular. Los hombres no deben tomar más de dos tragos al día y las mujeres no deben tomar más de uno.

 

No fume: Fumar eleva la presión arterial y aumenta el riesgo de ataque cardíaco y accidente cerebrovascular. Si no fuma, no empiece ahora. Si fuma, dejar de fumar reducirá su riesgo de enfermedad cardíaca. Puede hablar con su médico, quien puede ayudarlo a encontrar la mejor manera de dejar de fumar.

 

Controle su estrés: el estrés está relacionado con las enfermedades del corazón de muchas maneras. Esto puede aumentar su presión arterial. El estrés severo puede ser el desencadenante de un ataque al corazón. Además, algunas formas comunes de lidiar con el estrés, como comer en exceso, beber y fumar, son malas para el corazón. Algunas formas de lidiar con el estrés incluyen hacer ejercicio, escuchar música, concentrarse en algo tranquilo o sereno y meditar.

 

Manejo de la diabetes: La diabetes duplica el riesgo de desarrollar una enfermedad cardíaca diabética. Esto se debe a que, con el tiempo, el nivel alto de azúcar en la sangre causado por la diabetes puede dañar los vasos sanguíneos y los nervios que controlan el corazón y los vasos sanguíneos. Por eso es importante que te revises la diabetes y, si la tienes, la mantengas bajo control.

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Tu seguro de salud Adeslas

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Condiciones de la promoción Adeslas Senior

Campaña Salud final de año 2023


Por cada nueva contratación de uno, o más, de los seguros relacionados en el apartado “Seguros
en promoción”, realizada entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2023 (en adelante, “período
de promoción”), el tomador del seguro, siempre que se encuentre al corriente en el pago de la
prima de los seguros en promoción contratados, podrá conseguir el abono de un importe
equivalente a dos o hasta tres meses de prima, en función del producto contratado,
siempre y cuando el seguro sea renovado y conforme a las condiciones indicadas a
continuación.

Durante el período de promoción indicado (entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2023),
deben contratarse uno o más de los seguros informados en el apartado “Seguros en promoción”,
cumpliendo los requisitos indicados a continuación:
 El tomador deberá ser una persona física residente en España con NIF o NIE en vigor y ser
el pagador del seguro.
 La contratación del seguro o seguros podrá ser realizada a través de cualquier canal y punto
de venta, excluyendo los canales de banca-seguros (CaixaBank, S. A.), Mutua Madrileña y
Centro de Seguros de El Corte Inglés.
 El tomador o asegurado no tiene que haber cancelado, por oposición a la prórroga o por
cualquier otra causa, durante el período de esta promoción o dos meses antes del inicio de
la misma, un seguro de la misma modalidad sobre idéntica persona con SegurCaixa Adeslas,
S. A. de Seguros y Reaseguros (en adelante, “la aseguradora”). Esta condición deberá
cumplirse para todos los asegurados de la póliza.
 Los seguros deberán tener contratada la modalidad de pago de prima mensual.
 Para la obtención de cualquiera de los abonos con importes equivalentes a un mes de prima,
ya sean de la primera o de la segunda anualidad conforme lo indicado en los apartados
siguientes, los seguros deberán ser renovados al menos, una vez, excepto el seguro Adeslas
Plena Total que no será necesario renovar ya que tiene una duración inicial de 3 años.
 En el momento de realizarse los abonos en cuenta, los seguros que hayan dado derecho a
la promoción deberán estar en vigor y al corriente de pago.
 Esta campaña no es compatible con la campaña “Más Seguros 2023”.
Promoción
Si durante el período de promoción el tomador contrata alguno de los seguros indicados en el
apartado “Seguros en promoción”, tendrá derecho al abono de un importe equivalente a:
 Para Adeslas Dental Max, Adeslas Dental Max Autónomos, Adeslas Negocios NIF o el
resto de seguros contratados en promoción que no incluyan complemento dental, se
abonará el importe equivalente a un recibo de prima en la primera anualidad y otro
importe equivalente a un recibo de prima en la renovación.
 Para seguros contratados en promoción que incluyan complemento dental
(exceptuando Adeslas Negocios NIF, Adeslas Dental Max y Adeslas Dental Max
Autónomos), se abonará el importe equivalente a dos recibos de prima en la primera
anualidad y otro importe equivalente a un recibo de prima en la renovación.
El importe de los abonos se realizará conforme lo indicado en el apartado “Abono de los importes”
y no se tendrá en cuenta los posibles copagos que deban ser satisfechos por el tomador.
Seguros en promoción
 Adeslas Plena Total
 Adeslas Plena
 Adeslas Plena Plus
 Adeslas Plena Vital
 Adeslas Plena Extra 150
 Adeslas Negocios NIF
 Adeslas Seniors
 Adeslas Dental Max
 Adeslas Dental Max Autónomos
Abono de los importes
El abono de los importes correspondientes se realizará en la cuenta bancaria en la que esté
domiciliada la prima de cada uno de los seguros en promoción.
A los seguros sin complemento dental a los que les corresponde un abono equivalente a dos
recibos mensuales:
I. Se les abonará el importe de la prima del tercer recibo mensual pasados cinco meses
desde la fecha de entrada en vigor del seguro, al final del mes correspondiente.
II. Se les abonará el importe de la prima del decimotercer recibo pasados quince meses
desde la fecha de entrada en vigor del seguro.
A los seguros con complemento dental (exceptuando Adeslas Negocios NIF y Adeslas Dental
MAX ) a los que les corresponde un abono equivalente a tres recibos mensuales:
I. Se les abonará el importe de la prima del tercer recibo mensual pasados cinco meses
desde la fecha de entrada en vigor del seguro, al final del mes correspondiente.
II. Se les abonará el importe de la prima del séptimo recibo mensual pasados nueve meses
desde la fecha de entrada en vigor del seguro, al final del mes correspondiente.
III. Se les abonará el importe de la prima del decimotercer recibo pasados quince meses
desde la fecha de entrada en vigor del seguro.
En todo caso, no se podrá percibir el citado importe a través de otro medio. El importe abonado
estará sujeto, en su caso, a los impuestos, retenciones u otros recargos vigentes en la fecha de
abono.
Incumplimiento de las condiciones de promoción
Si se produjera el incumplimiento de alguna de las condiciones indicadas en el apartado
“Condiciones de la promoción”, se detraerá de la cuenta bancaria en la que se hubiera ingresado
el abono de la cuantía correspondiente al resultado de la diferencia entre el importe entregado y
el importe que realmente le hubiera correspondido.
Conforme a lo anterior, el tomador autoriza de forma expresa e irrevocable a la
aseguradora a realizar cargos en los términos expresados en este apartado en la cuenta
bancaria indicada más arriba.
Información básica de protección de datos
SegurCaixa Adeslas, como responsable del tratamiento, tratará los datos personales incluidos
en la póliza de seguro que da derecho a esta promoción con la finalidad de poder gestionar la
misma, incluyéndose el envío de avisos por los medios de comunicación disponibles en relación
con las condiciones descritas en este documento.
Puede consultar más información sobre la política de protección de datos de SegurCaixa
Adeslas, y especialmente sobre cómo ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y
otros, en siguiente página web: www.segurcaixaadeslas.es/es/proteccion-de-datos

Información sujeta a las condiciones de contratación y suscripción, así como a la fiscalidad
vigente.
SegurCaixa Adeslas, S. A. de Seguros y Reaseguros
Paseo de la Castellana, 259 C (Torre de Cristal), 28046 Madrid (España) – NIF A-28011864
Inscrita en el R. M. de Madrid, tomo 36733, folio 213, hoja M-658265

Campaña Salud final de año 2024

Campaña Salud final de año 2024

 

Por las nuevas contrataciones de los seguros relacionados en el apartado “Seguros en promoción”, realizada entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2024 (en adelante, “período de promoción”), el tomador del seguro, siempre que se encuentre al corriente en el pago de la prima de los seguros en promoción contratados, podrá conseguir el abono de un importe equivalente de hasta cinco meses de prima, en función del número de asegurados, y conforme a las condiciones indicadas a continuación.

Condiciones de la promoción

Durante el período de promoción indicado (entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2024), deben contratarse uno o más de los seguros informados en el apartado “Seguros en promoción”, cumpliendo los requisitos indicados a continuación:

  • El tomador deberá ser una persona física residente en España con NIF o NIE en vigor y ser el pagador del seguro.
  • El tomador o asegurado no tiene que haber cancelado, por oposición a la prórroga o por cualquier otra causa, durante el período de esta promoción o dos meses antes del inicio de la misma, un seguro de la misma modalidad sobre idéntica persona con SegurCaixa Adeslas, S. A. de Seguros y Reaseguros (en adelante, “la aseguradora”). Esta condición deberá cumplirse para todos los asegurados de la póliza.
  • Los seguros Adeslas Plena Total y Adeslas Plena Total Seniors contratados en la promoción (en adelante, “Seguros de duración inicial de tres años”) y que dan derecho a los abonos conforme a los indicado en los apartados siguientes, deberán estar vigentes y al corriente de pago, como mínimo, durante treinta y seis meses desde su entrada en vigor.
  • Los seguros Adeslas Plena, Adeslas Plena Plus, Adeslas Plena Vital, Adeslas Seniors, Adeslas Plena Extra 150, Adeslas Plena Extra 240, Adeslas Plena Extra 1M / Premier, Adeslas Negocios NIF, Adeslas Extra Negocios NIF, Adeslas Dental Max, Adeslas Dental Max Autónomos, contratados en la promoción, (en adelante, “Seguros de duración inicial de un año” y que dan derecho a los abonos conforme a lo indicado en los apartados siguientes, deberán estar vigentes y al corriente de pago, como mínimo, durante doce meses desde su entrada en vigor.
  • Los “Seguros con duración inicial de un año” conforme se detallan en los siguientes apartados, deberán ser renovados dos veces para la obtención del abono de un importe equivalente a dos o más meses de prima.
  • En el momento de realizarse los abonos en cuenta, los seguros que hayan dado derecho a la promoción deberán estar en vigor y al corriente de pago.
  • En el momento del abono del importe, tienen que estar incluidos en el seguro el mismo número de asegurados que dieron derecho a la promoción, según lo indicado en los apartados siguientes.
  • Los seguros deben tener contratada la modalidad de pago de prima mensual.
  • El tomador debe ser residente en alguna de las siguientes provincias: Albacete, Almería, Ávila, Burgos, Ciudad Real, Cuenca, Huesca, Lugo, Murcia, Orense, Palencia, Salamanca, Segovia, Zamora, Jaén y La Rioja.
  • No tendrá derecho a esta promoción el tomador que haya incumplido los requisitos exigidos en anteriores promociones/campañas de la aseguradora y no se le haya podido detraer la cuantía correspondiente conforme a lo establecido en la citada promoción.
  • La contratación del seguro o seguros podrá ser realizada a través de cualquier canal y punto de venta, excluyendo los canales de banca-seguros (CaixaBank, S. A.), Mutua Madrileña y Centro de Seguros de El Corte Inglés.
  • Esta campaña no será compatible con la campaña “Más Seguros 2024”.

 

Seguros en promoción

Seguros de duración inicial anual:

  • Seguros de Asistencia Sanitaria:
    • Adeslas Plena
    • Adeslas Plena Plus
    • Adeslas Plena Vital
    • Adeslas Seniors
    • Adeslas Plena Extra 150
    • Adeslas Plena Extra 240
    • Adeslas Plena Extra 1M / Premier
    • Adeslas Negocios NIF
    • Adeslas Extra Negocios NIF
  • Seguros Dentales:
    • Adeslas Dental Max
    • Adeslas Dental Max Autónomos

 

Seguros de duración inicial de tres años:

  • Adeslas Plena Total
  • Adeslas Plena Total Seniors

 

Promoción

Si durante el período de promoción el tomador contrata alguno de los seguros indicados en el apartado “Seguros en promoción”, tendrá derecho a la devolución de un importe equivalente a su prima mensual, que se calculará según lo indicado a continuación:

Seguros de duración inicial de un año:

  • Seguros de “Asistencia Sanitaria” y “Seguros Dentales”:
    • Con un asegurado incluido en póliza, se abonará el importe equivalente a un recibo de prima mensual en la primera anualidad y otro importe equivalente a un recibo de prima mensual en la segunda renovación.
    • Con dos asegurados incluidos en póliza, se abonará el importe equivalente a un recibo de prima mensual en la primera anualidad, otro importe equivalente a un recibo de prima mensual en la primera renovación y otro importe equivalente a un recibo de prima mensual en la segunda renovación.
    • Con tres o más asegurados incluidos en póliza, se abonará el importe equivalente a un recibo de prima mensual en la primera anualidad, otro importe equivalente a dos recibos de prima mensual en la primera renovación y otro importe equivalente a un recibo de prima mensual en la segunda renovación.
  • Adicionalmente, si los seguros de “Asistencia Sanitaria” son contratados con cobertura complementaria dental se abonará el importe equivalente a un recibo de prima mensual en la primera renovación, independientemente del número de asegurados.

Seguros de duración inicial de tres años:

  • Con un asegurado incluido en póliza, se abonará el importe equivalente a dos recibos de prima mensual en la primera anualidad y otro importe equivalente a un recibo de prima mensual en la segunda anualidad.
  • Con dos asegurados incluidos en póliza, se abonará el importe equivalente a dos recibos de prima mensual en la primera anualidad y otro importe equivalente a dos recibos de prima mensual en la segunda anualidad.
  • Con tres o más asegurados incluidos en póliza, se abonará el importe equivalente a dos recibos de prima mensual en la primera anualidad y el importe equivalente a tres recibos de prima mensual en la segunda anualidad.

Los abonos resultantes se realizarán conforme lo indicado en el apartado “Abono de los importes” y no se tendrá en cuenta los posibles copagos que deban ser satisfechos por el tomador.

 

Abono del importe

El abono de los importes correspondientes se realizará en la cuenta bancaria en la que esté domiciliada la prima de cada uno de los seguros en promoción.

En los Seguros de duración inicial anual:

  • Con un asegurado incluido: se abonará el importe de la prima del cuarto recibo mensual pasados seis meses desde la fecha de entrada en vigor del seguro, y el importe de la prima del vigesimosexto recibo pasados veintiocho meses desde la fecha de entrada en vigor del seguro, al final de cada mes correspondiente.
  • Con dos asegurados incluidos: adicionalmente se abonará el importe de la prima del decimotercer recibo mensual pasados quince meses desde la fecha de entrada en vigor del seguro, al final del mes correspondiente.
  • Con tres o más asegurados incluidos: adicionalmente, a los puntos anteriores, se abonará el importe de la prima del vigesimotercer recibo pasados veinticinco meses desde la fecha de entrada en vigor del seguro.
  • En el caso de que se haya contratado seguros de “Asistencia Sanitaria” con cobertura complementaria dental se abonara importe de la prima del decimosexto recibo pasados dieciocho meses desde la fecha de entrada en vigor del seguro.

En los Seguros de duración inicial de tres años:

  • Con un asegurado incluido: se abonará el importe de la prima del cuarto recibo mensual pasados seis meses desde la fecha de entrada en vigor del seguro, al final del mes correspondiente, el importe de la prima del séptimo recibo mensual pasados nueve meses desde la fecha de entrada en vigor del seguro y el importe de la prima del decimosexto recibo pasados dieciocho meses desde la fecha de entra en vigor del seguro, al final de cada mes correspondiente.
  • Con dos asegurados incluidos: adicionalmente al punto anterior, se abonará el importe de la prima del decimotercer recibo mensual pasados quince meses desde la fecha de entrada en vigor del seguro, al final del mes correspondiente.
  • Con tres o más asegurados incluidos: adicionalmente a los puntos anteriores, se abonará el importe de la prima del vigesimotercer recibo pasados veinticinco meses desde la fecha de entrada en vigor del seguro.

En todo caso, no se podrá percibir el citado importe a través de otro medio. El importe abonado estará sujeto, en su caso, a los impuestos, retenciones u otros recargos vigentes en la fecha de abono.

 

Incumplimiento de las condiciones de promoción

Si se produjera el incumplimiento de alguna de las condiciones indicadas en el apartado “Condiciones de la promoción”, se detraerá de la cuenta bancaria en la que se hubiera ingresado el abono de la cuantía correspondiente al resultado de la diferencia entre el importe entregado y el importe que realmente le hubiera correspondido.

Conforme a lo anterior, el tomador autoriza de forma expresa e irrevocable a la aseguradora a realizar cargos en los términos expresados en este apartado en la cuenta bancaria indicada más arriba.

 

Información básica de protección de datos

SegurCaixa Adeslas, como responsable del tratamiento, tratará los datos personales incluidos en la póliza de seguro que da derecho a esta promoción con la finalidad de poder gestionar la misma, incluyéndose el envío de avisos por los medios de comunicación disponibles en relación con las condiciones descritas en este documento.

Puede consultar más información sobre la política de protección de datos de SegurCaixa Adeslas, y especialmente sobre cómo ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y otros, en siguiente página web: www.segurcaixaadeslas.es/es/proteccion-de-datos

 

Información sujeta a las condiciones de contratación y suscripción, así como a la fiscalidad vigente.

 

SegurCaixa Adeslas, S. A. de Seguros y Reaseguros

Paseo de la Castellana, 259 C (Torre de Cristal), 28046 Madrid (España) – NIF A-28011864
Inscrita en el R. M. de Madrid, tomo 36733, folio 213, hoja M-658265

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