Conoce los Periodos de carencias de las pólizas de Adeslas

Descubre los periodos de carencias Adeslas:

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Periodos de Carencias
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Periodos de Carencias
Adeslas senior

¿Cuál es el periodo carencia Adeslas?

¿Cuál es el tiempo de carencia en Adeslas?

El período de carencia es el tiempo que tiene que pasar desde que contratas un seguro hasta que puedes utilizar sus servicios.
Las aseguradoras suelen establecer períodos de carencia como los de Adeslas para evitar que se contrate un seguro solo para cubrir una necesidad y luego cancele el contrato.

El período de carencia de Adeslas es de:

 3 meses para pruebas de alto diagnóstico.
 6 meses para pruebas intervencionistas.
 8 meses para hospitalización e intervenciones quirúrgicas.
Ten en cuenta que la carencia solo se aplica a los seguros de salud de Adeslas y al seguro dental de Adeslas.

Periodo de carencia Adeslas embarazo

El período de carencia en embarazo en Adeslas está entre los tres y ocho meses, según el tratamiento o prueba que necesites. Por ejemplo, para todas las pruebas de seguimiento del embarazo, la carencia es de tres meses. Es decir, es necesario que hayan pasado tres meses desde que contrataste el seguro hasta que puedas hacerte las pruebas. La carencia en parto en Adeslas es de ocho meses desde que se contrató el seguro. Si quieres asegurar que te va a cubrir, lo mejor es que esperes entre dos y tres meses para quedarte embarazada. Así una vez comiences con los síntomas del embarazo y llegue el parto ya habrás superado el período de carencia de Adeslas. Si llevas más de ocho meses como asegurada en Adeslas tendrás cubiertos todos los partos, cesáreas y hospitalizaciones.

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Condiciones de la promoción Adeslas Senior

Campaña Salud final de año 2023


Por cada nueva contratación de uno, o más, de los seguros relacionados en el apartado “Seguros
en promoción”, realizada entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2023 (en adelante, “período
de promoción”), el tomador del seguro, siempre que se encuentre al corriente en el pago de la
prima de los seguros en promoción contratados, podrá conseguir el abono de un importe
equivalente a dos o hasta tres meses de prima, en función del producto contratado,
siempre y cuando el seguro sea renovado y conforme a las condiciones indicadas a
continuación.

Durante el período de promoción indicado (entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2023),
deben contratarse uno o más de los seguros informados en el apartado “Seguros en promoción”,
cumpliendo los requisitos indicados a continuación:
 El tomador deberá ser una persona física residente en España con NIF o NIE en vigor y ser
el pagador del seguro.
 La contratación del seguro o seguros podrá ser realizada a través de cualquier canal y punto
de venta, excluyendo los canales de banca-seguros (CaixaBank, S. A.), Mutua Madrileña y
Centro de Seguros de El Corte Inglés.
 El tomador o asegurado no tiene que haber cancelado, por oposición a la prórroga o por
cualquier otra causa, durante el período de esta promoción o dos meses antes del inicio de
la misma, un seguro de la misma modalidad sobre idéntica persona con SegurCaixa Adeslas,
S. A. de Seguros y Reaseguros (en adelante, “la aseguradora”). Esta condición deberá
cumplirse para todos los asegurados de la póliza.
 Los seguros deberán tener contratada la modalidad de pago de prima mensual.
 Para la obtención de cualquiera de los abonos con importes equivalentes a un mes de prima,
ya sean de la primera o de la segunda anualidad conforme lo indicado en los apartados
siguientes, los seguros deberán ser renovados al menos, una vez, excepto el seguro Adeslas
Plena Total que no será necesario renovar ya que tiene una duración inicial de 3 años.
 En el momento de realizarse los abonos en cuenta, los seguros que hayan dado derecho a
la promoción deberán estar en vigor y al corriente de pago.
 Esta campaña no es compatible con la campaña “Más Seguros 2023”.
Promoción
Si durante el período de promoción el tomador contrata alguno de los seguros indicados en el
apartado “Seguros en promoción”, tendrá derecho al abono de un importe equivalente a:
 Para Adeslas Dental Max, Adeslas Dental Max Autónomos, Adeslas Negocios NIF o el
resto de seguros contratados en promoción que no incluyan complemento dental, se
abonará el importe equivalente a un recibo de prima en la primera anualidad y otro
importe equivalente a un recibo de prima en la renovación.
 Para seguros contratados en promoción que incluyan complemento dental
(exceptuando Adeslas Negocios NIF, Adeslas Dental Max y Adeslas Dental Max
Autónomos), se abonará el importe equivalente a dos recibos de prima en la primera
anualidad y otro importe equivalente a un recibo de prima en la renovación.
El importe de los abonos se realizará conforme lo indicado en el apartado “Abono de los importes”
y no se tendrá en cuenta los posibles copagos que deban ser satisfechos por el tomador.
Seguros en promoción
 Adeslas Plena Total
 Adeslas Plena
 Adeslas Plena Plus
 Adeslas Plena Vital
 Adeslas Plena Extra 150
 Adeslas Negocios NIF
 Adeslas Seniors
 Adeslas Dental Max
 Adeslas Dental Max Autónomos
Abono de los importes
El abono de los importes correspondientes se realizará en la cuenta bancaria en la que esté
domiciliada la prima de cada uno de los seguros en promoción.
A los seguros sin complemento dental a los que les corresponde un abono equivalente a dos
recibos mensuales:
I. Se les abonará el importe de la prima del tercer recibo mensual pasados cinco meses
desde la fecha de entrada en vigor del seguro, al final del mes correspondiente.
II. Se les abonará el importe de la prima del decimotercer recibo pasados quince meses
desde la fecha de entrada en vigor del seguro.
A los seguros con complemento dental (exceptuando Adeslas Negocios NIF y Adeslas Dental
MAX ) a los que les corresponde un abono equivalente a tres recibos mensuales:
I. Se les abonará el importe de la prima del tercer recibo mensual pasados cinco meses
desde la fecha de entrada en vigor del seguro, al final del mes correspondiente.
II. Se les abonará el importe de la prima del séptimo recibo mensual pasados nueve meses
desde la fecha de entrada en vigor del seguro, al final del mes correspondiente.
III. Se les abonará el importe de la prima del decimotercer recibo pasados quince meses
desde la fecha de entrada en vigor del seguro.
En todo caso, no se podrá percibir el citado importe a través de otro medio. El importe abonado
estará sujeto, en su caso, a los impuestos, retenciones u otros recargos vigentes en la fecha de
abono.
Incumplimiento de las condiciones de promoción
Si se produjera el incumplimiento de alguna de las condiciones indicadas en el apartado
“Condiciones de la promoción”, se detraerá de la cuenta bancaria en la que se hubiera ingresado
el abono de la cuantía correspondiente al resultado de la diferencia entre el importe entregado y
el importe que realmente le hubiera correspondido.
Conforme a lo anterior, el tomador autoriza de forma expresa e irrevocable a la
aseguradora a realizar cargos en los términos expresados en este apartado en la cuenta
bancaria indicada más arriba.
Información básica de protección de datos
SegurCaixa Adeslas, como responsable del tratamiento, tratará los datos personales incluidos
en la póliza de seguro que da derecho a esta promoción con la finalidad de poder gestionar la
misma, incluyéndose el envío de avisos por los medios de comunicación disponibles en relación
con las condiciones descritas en este documento.
Puede consultar más información sobre la política de protección de datos de SegurCaixa
Adeslas, y especialmente sobre cómo ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y
otros, en siguiente página web: www.segurcaixaadeslas.es/es/proteccion-de-datos

Información sujeta a las condiciones de contratación y suscripción, así como a la fiscalidad
vigente.
SegurCaixa Adeslas, S. A. de Seguros y Reaseguros
Paseo de la Castellana, 259 C (Torre de Cristal), 28046 Madrid (España) – NIF A-28011864
Inscrita en el R. M. de Madrid, tomo 36733, folio 213, hoja M-658265

Condiciones de la promoción PLENA y REEMBOLSO

Campaña Salud final de año 2023


Por cada nueva contratación de uno, o más, de los seguros relacionados en el apartado “Seguros
en promoción”, realizada entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2023 (en adelante, “período
de promoción”), el tomador del seguro, siempre que se encuentre al corriente en el pago de la
prima de los seguros en promoción contratados, podrá conseguir el abono de un importe
equivalente a dos o hasta tres meses de prima, en función del producto contratado,
siempre y cuando el seguro sea renovado y conforme a las condiciones indicadas a
continuación.

Durante el período de promoción indicado (entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2023),
deben contratarse uno o más de los seguros informados en el apartado “Seguros en promoción”,
cumpliendo los requisitos indicados a continuación:
 El tomador deberá ser una persona física residente en España con NIF o NIE en vigor y ser
el pagador del seguro.
 La contratación del seguro o seguros podrá ser realizada a través de cualquier canal y punto
de venta, excluyendo los canales de banca-seguros (CaixaBank, S. A.), Mutua Madrileña y
Centro de Seguros de El Corte Inglés.
 El tomador o asegurado no tiene que haber cancelado, por oposición a la prórroga o por
cualquier otra causa, durante el período de esta promoción o dos meses antes del inicio de
la misma, un seguro de la misma modalidad sobre idéntica persona con SegurCaixa Adeslas,
S. A. de Seguros y Reaseguros (en adelante, “la aseguradora”). Esta condición deberá
cumplirse para todos los asegurados de la póliza.
 Los seguros deberán tener contratada la modalidad de pago de prima mensual.
 Para la obtención de cualquiera de los abonos con importes equivalentes a un mes de prima,
ya sean de la primera o de la segunda anualidad conforme lo indicado en los apartados
siguientes, los seguros deberán ser renovados al menos, una vez, excepto el seguro Adeslas
Plena Total que no será necesario renovar ya que tiene una duración inicial de 3 años.
 En el momento de realizarse los abonos en cuenta, los seguros que hayan dado derecho a
la promoción deberán estar en vigor y al corriente de pago.
 Esta campaña no es compatible con la campaña “Más Seguros 2023”.
Promoción
Si durante el período de promoción el tomador contrata alguno de los seguros indicados en el
apartado “Seguros en promoción”, tendrá derecho al abono de un importe equivalente a:
 Para Adeslas Dental Max, Adeslas Dental Max Autónomos, Adeslas Negocios NIF o el
resto de seguros contratados en promoción que no incluyan complemento dental, se
abonará el importe equivalente a un recibo de prima en la primera anualidad y otro
importe equivalente a un recibo de prima en la renovación.
 Para seguros contratados en promoción que incluyan complemento dental
(exceptuando Adeslas Negocios NIF, Adeslas Dental Max y Adeslas Dental Max
Autónomos), se abonará el importe equivalente a dos recibos de prima en la primera
anualidad y otro importe equivalente a un recibo de prima en la renovación.
El importe de los abonos se realizará conforme lo indicado en el apartado “Abono de los importes”
y no se tendrá en cuenta los posibles copagos que deban ser satisfechos por el tomador.
Seguros en promoción
 Adeslas Plena Total
 Adeslas Plena
 Adeslas Plena Plus
 Adeslas Plena Vital
 Adeslas Plena Extra 150
 Adeslas Negocios NIF
 Adeslas Seniors
 Adeslas Dental Max
 Adeslas Dental Max Autónomos
Abono de los importes
El abono de los importes correspondientes se realizará en la cuenta bancaria en la que esté
domiciliada la prima de cada uno de los seguros en promoción.
A los seguros sin complemento dental a los que les corresponde un abono equivalente a dos
recibos mensuales:
I. Se les abonará el importe de la prima del tercer recibo mensual pasados cinco meses
desde la fecha de entrada en vigor del seguro, al final del mes correspondiente.
II. Se les abonará el importe de la prima del decimotercer recibo pasados quince meses
desde la fecha de entrada en vigor del seguro.
A los seguros con complemento dental (exceptuando Adeslas Negocios NIF y Adeslas Dental
MAX ) a los que les corresponde un abono equivalente a tres recibos mensuales:
I. Se les abonará el importe de la prima del tercer recibo mensual pasados cinco meses
desde la fecha de entrada en vigor del seguro, al final del mes correspondiente.
II. Se les abonará el importe de la prima del séptimo recibo mensual pasados nueve meses
desde la fecha de entrada en vigor del seguro, al final del mes correspondiente.
III. Se les abonará el importe de la prima del decimotercer recibo pasados quince meses
desde la fecha de entrada en vigor del seguro.
En todo caso, no se podrá percibir el citado importe a través de otro medio. El importe abonado
estará sujeto, en su caso, a los impuestos, retenciones u otros recargos vigentes en la fecha de
abono.
Incumplimiento de las condiciones de promoción
Si se produjera el incumplimiento de alguna de las condiciones indicadas en el apartado
“Condiciones de la promoción”, se detraerá de la cuenta bancaria en la que se hubiera ingresado
el abono de la cuantía correspondiente al resultado de la diferencia entre el importe entregado y
el importe que realmente le hubiera correspondido.
Conforme a lo anterior, el tomador autoriza de forma expresa e irrevocable a la
aseguradora a realizar cargos en los términos expresados en este apartado en la cuenta
bancaria indicada más arriba.
Información básica de protección de datos
SegurCaixa Adeslas, como responsable del tratamiento, tratará los datos personales incluidos
en la póliza de seguro que da derecho a esta promoción con la finalidad de poder gestionar la
misma, incluyéndose el envío de avisos por los medios de comunicación disponibles en relación
con las condiciones descritas en este documento.
Puede consultar más información sobre la política de protección de datos de SegurCaixa
Adeslas, y especialmente sobre cómo ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y
otros, en siguiente página web: www.segurcaixaadeslas.es/es/proteccion-de-datos

Información sujeta a las condiciones de contratación y suscripción, así como a la fiscalidad
vigente.
SegurCaixa Adeslas, S. A. de Seguros y Reaseguros
Paseo de la Castellana, 259 C (Torre de Cristal), 28046 Madrid (España) – NIF A-28011864
Inscrita en el R. M. de Madrid, tomo 36733, folio 213, hoja M-658265

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