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El sueño y su relación con la calidad de vida

Consulta la información de como se ha desarrollado la medicina para relacionar el sueño con una buena calidad de vida

El desarrollo de la medicina del sueño ha experimentado notables avances por contribuciones provenientes tanto de las ciencias básicas como de los estudios clínicos, destacando una relación positiva entre la preservación de un sueño normal y un amplio espectro de beneficios en diferentes indicadores de salud individual y de la población.

Es precisamente por las funciones integradoras del sueño por lo que juega un papel tan importante en la salud, lo que está confirmado por evidencia significativa de que el sueño saludable tiene un efecto beneficioso significativo sobre la calidad de vida, la morbilidad y la prevención primaria de enfermedades muy graves

 

¿Qué pasaría si dejásemos de dormir?

tanto el exceso como la falta de sueño pueden generar enfermedades cardiovasculares o diabetes. Pero ¿y si dejamos de dormir? Tras tu primera noche sin dormir, el sistema mesolímbico estaría estimulado. Esto podría provocar algo de energía extra, motivación, optimismo e incluso deseo sexual. Suena genial, ¿verdad? Pero no es real. Tu cerebro lentamente comenzaría a apagar las regiones responsables de planificar y evaluar decisiones, dando lugar a un comportamiento más impulsivo. Además, el tiempo de reacción sería más lento y tus funciones cognitivas y perceptivas se reducirían. Tras una o dos semanas sin dormir, el cuerpo pierde su habilidad de metabolizar la glucosa y el sistema inmune deja de funcionar igualmente. En algunos casos, tres días sin dormir ha dado lugar a alucinaciones.

1. Los trastornos del sueño afectan a un tercio de la población y pueden tener efectos negativos en la salud:

Según la Sociedad Española de Sueño (SES), dormir bien tiene una estrecha relación con la salud y la calidad de vida por lo que “cuando el sueño falla, la salud y la calidad de vida disminuyen” El descanso se considera imprescindible para la salud física y mental. El sueño insuficiente o no reparador tiene importantes consecuencias en el bienestar del sujeto, en su rendimiento y a nivel orgánico”, asegura la doctora Milagros Merino, miembro del comité científico de la SES

2. ¿Cuáles son las consecuencias de no dormir?:

Aquellas personas que duermen menos de 6 horas tienen un 27% más de probabilidades de padecer aterosclerosis, una dolencia relacionada con el infarto de miocardio. En el caso de que el sueño sea de mala calidad, este riesgo asciende al 34%, dejando clara la relación entre sueño y el riesgo cardiovascular La salud cerebral también puede verse afectada por una mala calidad del sueño, ya que mientras dormimos, nuestro cerebro se encarga de eliminar ciertas toxinas que se acumulan a lo largo del día y que están asociadas con la aceleración del envejecimiento La portavoz de la SES, por ejemplo, hace hincapié en que “existe una relación bidireccional entre el sueño y el Alzhéimer”. Esto se debe a que los problemas de sueño son más prevalentes en los trastornos neurodegenerativos

3. Consejos relacionados con el sueño

Para no perder eficacia, el protector solar debe cambiarse cada dos horas. “Si nos mojamos o sudamos, tendremos que volver a aplicar”, advierte Martínez.

4. ¿Qué dice la OMS sobre el sueño?

La Organización Mundial de la Salud (OMS) refiere que la falta de un buen descanso y en cantidad adecuada repercute directamente sobre el bienestar de una persona. La OMS recomienda dormir al menos de 6 a 7 horas por día, en las mismas horas.

5. ¿Cuáles son los síntomas de la falta de sueño?

6. ¿Qué pasa si no dormimos las horas recomendadas al día?

Como bien defienden los médicos, no dormir las horas necesarias al día es una mala costumbre que luego a la larga hará que el sistema inmunológico se debilite gravemente.
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Oficina de atención comercial Adeslas
Oficina de atención comercial Adeslas

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Tu seguro de salud Adeslas

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Condiciones de la promoción Adeslas Senior

Campaña Salud final de año 2023


Por cada nueva contratación de uno, o más, de los seguros relacionados en el apartado “Seguros
en promoción”, realizada entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2023 (en adelante, “período
de promoción”), el tomador del seguro, siempre que se encuentre al corriente en el pago de la
prima de los seguros en promoción contratados, podrá conseguir el abono de un importe
equivalente a dos o hasta tres meses de prima, en función del producto contratado,
siempre y cuando el seguro sea renovado y conforme a las condiciones indicadas a
continuación.

Durante el período de promoción indicado (entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2023),
deben contratarse uno o más de los seguros informados en el apartado “Seguros en promoción”,
cumpliendo los requisitos indicados a continuación:
 El tomador deberá ser una persona física residente en España con NIF o NIE en vigor y ser
el pagador del seguro.
 La contratación del seguro o seguros podrá ser realizada a través de cualquier canal y punto
de venta, excluyendo los canales de banca-seguros (CaixaBank, S. A.), Mutua Madrileña y
Centro de Seguros de El Corte Inglés.
 El tomador o asegurado no tiene que haber cancelado, por oposición a la prórroga o por
cualquier otra causa, durante el período de esta promoción o dos meses antes del inicio de
la misma, un seguro de la misma modalidad sobre idéntica persona con SegurCaixa Adeslas,
S. A. de Seguros y Reaseguros (en adelante, “la aseguradora”). Esta condición deberá
cumplirse para todos los asegurados de la póliza.
 Los seguros deberán tener contratada la modalidad de pago de prima mensual.
 Para la obtención de cualquiera de los abonos con importes equivalentes a un mes de prima,
ya sean de la primera o de la segunda anualidad conforme lo indicado en los apartados
siguientes, los seguros deberán ser renovados al menos, una vez, excepto el seguro Adeslas
Plena Total que no será necesario renovar ya que tiene una duración inicial de 3 años.
 En el momento de realizarse los abonos en cuenta, los seguros que hayan dado derecho a
la promoción deberán estar en vigor y al corriente de pago.
 Esta campaña no es compatible con la campaña “Más Seguros 2023”.
Promoción
Si durante el período de promoción el tomador contrata alguno de los seguros indicados en el
apartado “Seguros en promoción”, tendrá derecho al abono de un importe equivalente a:
 Para Adeslas Dental Max, Adeslas Dental Max Autónomos, Adeslas Negocios NIF o el
resto de seguros contratados en promoción que no incluyan complemento dental, se
abonará el importe equivalente a un recibo de prima en la primera anualidad y otro
importe equivalente a un recibo de prima en la renovación.
 Para seguros contratados en promoción que incluyan complemento dental
(exceptuando Adeslas Negocios NIF, Adeslas Dental Max y Adeslas Dental Max
Autónomos), se abonará el importe equivalente a dos recibos de prima en la primera
anualidad y otro importe equivalente a un recibo de prima en la renovación.
El importe de los abonos se realizará conforme lo indicado en el apartado “Abono de los importes”
y no se tendrá en cuenta los posibles copagos que deban ser satisfechos por el tomador.
Seguros en promoción
 Adeslas Plena Total
 Adeslas Plena
 Adeslas Plena Plus
 Adeslas Plena Vital
 Adeslas Plena Extra 150
 Adeslas Negocios NIF
 Adeslas Seniors
 Adeslas Dental Max
 Adeslas Dental Max Autónomos
Abono de los importes
El abono de los importes correspondientes se realizará en la cuenta bancaria en la que esté
domiciliada la prima de cada uno de los seguros en promoción.
A los seguros sin complemento dental a los que les corresponde un abono equivalente a dos
recibos mensuales:
I. Se les abonará el importe de la prima del tercer recibo mensual pasados cinco meses
desde la fecha de entrada en vigor del seguro, al final del mes correspondiente.
II. Se les abonará el importe de la prima del decimotercer recibo pasados quince meses
desde la fecha de entrada en vigor del seguro.
A los seguros con complemento dental (exceptuando Adeslas Negocios NIF y Adeslas Dental
MAX ) a los que les corresponde un abono equivalente a tres recibos mensuales:
I. Se les abonará el importe de la prima del tercer recibo mensual pasados cinco meses
desde la fecha de entrada en vigor del seguro, al final del mes correspondiente.
II. Se les abonará el importe de la prima del séptimo recibo mensual pasados nueve meses
desde la fecha de entrada en vigor del seguro, al final del mes correspondiente.
III. Se les abonará el importe de la prima del decimotercer recibo pasados quince meses
desde la fecha de entrada en vigor del seguro.
En todo caso, no se podrá percibir el citado importe a través de otro medio. El importe abonado
estará sujeto, en su caso, a los impuestos, retenciones u otros recargos vigentes en la fecha de
abono.
Incumplimiento de las condiciones de promoción
Si se produjera el incumplimiento de alguna de las condiciones indicadas en el apartado
“Condiciones de la promoción”, se detraerá de la cuenta bancaria en la que se hubiera ingresado
el abono de la cuantía correspondiente al resultado de la diferencia entre el importe entregado y
el importe que realmente le hubiera correspondido.
Conforme a lo anterior, el tomador autoriza de forma expresa e irrevocable a la
aseguradora a realizar cargos en los términos expresados en este apartado en la cuenta
bancaria indicada más arriba.
Información básica de protección de datos
SegurCaixa Adeslas, como responsable del tratamiento, tratará los datos personales incluidos
en la póliza de seguro que da derecho a esta promoción con la finalidad de poder gestionar la
misma, incluyéndose el envío de avisos por los medios de comunicación disponibles en relación
con las condiciones descritas en este documento.
Puede consultar más información sobre la política de protección de datos de SegurCaixa
Adeslas, y especialmente sobre cómo ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y
otros, en siguiente página web: www.segurcaixaadeslas.es/es/proteccion-de-datos

Información sujeta a las condiciones de contratación y suscripción, así como a la fiscalidad
vigente.
SegurCaixa Adeslas, S. A. de Seguros y Reaseguros
Paseo de la Castellana, 259 C (Torre de Cristal), 28046 Madrid (España) – NIF A-28011864
Inscrita en el R. M. de Madrid, tomo 36733, folio 213, hoja M-658265

Campaña Salud final de año 2024

Campaña Salud final de año 2024

 

Por las nuevas contrataciones de los seguros relacionados en el apartado “Seguros en promoción”, realizada entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2024 (en adelante, “período de promoción”), el tomador del seguro, siempre que se encuentre al corriente en el pago de la prima de los seguros en promoción contratados, podrá conseguir el abono de un importe equivalente de hasta cinco meses de prima, en función del número de asegurados, y conforme a las condiciones indicadas a continuación.

Condiciones de la promoción

Durante el período de promoción indicado (entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2024), deben contratarse uno o más de los seguros informados en el apartado “Seguros en promoción”, cumpliendo los requisitos indicados a continuación:

  • El tomador deberá ser una persona física residente en España con NIF o NIE en vigor y ser el pagador del seguro.
  • El tomador o asegurado no tiene que haber cancelado, por oposición a la prórroga o por cualquier otra causa, durante el período de esta promoción o dos meses antes del inicio de la misma, un seguro de la misma modalidad sobre idéntica persona con SegurCaixa Adeslas, S. A. de Seguros y Reaseguros (en adelante, “la aseguradora”). Esta condición deberá cumplirse para todos los asegurados de la póliza.
  • Los seguros Adeslas Plena Total y Adeslas Plena Total Seniors contratados en la promoción (en adelante, “Seguros de duración inicial de tres años”) y que dan derecho a los abonos conforme a los indicado en los apartados siguientes, deberán estar vigentes y al corriente de pago, como mínimo, durante treinta y seis meses desde su entrada en vigor.
  • Los seguros Adeslas Plena, Adeslas Plena Plus, Adeslas Plena Vital, Adeslas Seniors, Adeslas Plena Extra 150, Adeslas Plena Extra 240, Adeslas Plena Extra 1M / Premier, Adeslas Negocios NIF, Adeslas Extra Negocios NIF, Adeslas Dental Max, Adeslas Dental Max Autónomos, contratados en la promoción, (en adelante, “Seguros de duración inicial de un año” y que dan derecho a los abonos conforme a lo indicado en los apartados siguientes, deberán estar vigentes y al corriente de pago, como mínimo, durante doce meses desde su entrada en vigor.
  • Los “Seguros con duración inicial de un año” conforme se detallan en los siguientes apartados, deberán ser renovados dos veces para la obtención del abono de un importe equivalente a dos o más meses de prima.
  • En el momento de realizarse los abonos en cuenta, los seguros que hayan dado derecho a la promoción deberán estar en vigor y al corriente de pago.
  • En el momento del abono del importe, tienen que estar incluidos en el seguro el mismo número de asegurados que dieron derecho a la promoción, según lo indicado en los apartados siguientes.
  • Los seguros deben tener contratada la modalidad de pago de prima mensual.
  • El tomador debe ser residente en alguna de las siguientes provincias: Albacete, Almería, Ávila, Burgos, Ciudad Real, Cuenca, Huesca, Lugo, Murcia, Orense, Palencia, Salamanca, Segovia, Zamora, Jaén y La Rioja.
  • No tendrá derecho a esta promoción el tomador que haya incumplido los requisitos exigidos en anteriores promociones/campañas de la aseguradora y no se le haya podido detraer la cuantía correspondiente conforme a lo establecido en la citada promoción.
  • La contratación del seguro o seguros podrá ser realizada a través de cualquier canal y punto de venta, excluyendo los canales de banca-seguros (CaixaBank, S. A.), Mutua Madrileña y Centro de Seguros de El Corte Inglés.
  • Esta campaña no será compatible con la campaña “Más Seguros 2024”.

 

Seguros en promoción

Seguros de duración inicial anual:

  • Seguros de Asistencia Sanitaria:
    • Adeslas Plena
    • Adeslas Plena Plus
    • Adeslas Plena Vital
    • Adeslas Seniors
    • Adeslas Plena Extra 150
    • Adeslas Plena Extra 240
    • Adeslas Plena Extra 1M / Premier
    • Adeslas Negocios NIF
    • Adeslas Extra Negocios NIF
  • Seguros Dentales:
    • Adeslas Dental Max
    • Adeslas Dental Max Autónomos

 

Seguros de duración inicial de tres años:

  • Adeslas Plena Total
  • Adeslas Plena Total Seniors

 

Promoción

Si durante el período de promoción el tomador contrata alguno de los seguros indicados en el apartado “Seguros en promoción”, tendrá derecho a la devolución de un importe equivalente a su prima mensual, que se calculará según lo indicado a continuación:

Seguros de duración inicial de un año:

  • Seguros de “Asistencia Sanitaria” y “Seguros Dentales”:
    • Con un asegurado incluido en póliza, se abonará el importe equivalente a un recibo de prima mensual en la primera anualidad y otro importe equivalente a un recibo de prima mensual en la segunda renovación.
    • Con dos asegurados incluidos en póliza, se abonará el importe equivalente a un recibo de prima mensual en la primera anualidad, otro importe equivalente a un recibo de prima mensual en la primera renovación y otro importe equivalente a un recibo de prima mensual en la segunda renovación.
    • Con tres o más asegurados incluidos en póliza, se abonará el importe equivalente a un recibo de prima mensual en la primera anualidad, otro importe equivalente a dos recibos de prima mensual en la primera renovación y otro importe equivalente a un recibo de prima mensual en la segunda renovación.
  • Adicionalmente, si los seguros de “Asistencia Sanitaria” son contratados con cobertura complementaria dental se abonará el importe equivalente a un recibo de prima mensual en la primera renovación, independientemente del número de asegurados.

Seguros de duración inicial de tres años:

  • Con un asegurado incluido en póliza, se abonará el importe equivalente a dos recibos de prima mensual en la primera anualidad y otro importe equivalente a un recibo de prima mensual en la segunda anualidad.
  • Con dos asegurados incluidos en póliza, se abonará el importe equivalente a dos recibos de prima mensual en la primera anualidad y otro importe equivalente a dos recibos de prima mensual en la segunda anualidad.
  • Con tres o más asegurados incluidos en póliza, se abonará el importe equivalente a dos recibos de prima mensual en la primera anualidad y el importe equivalente a tres recibos de prima mensual en la segunda anualidad.

Los abonos resultantes se realizarán conforme lo indicado en el apartado “Abono de los importes” y no se tendrá en cuenta los posibles copagos que deban ser satisfechos por el tomador.

 

Abono del importe

El abono de los importes correspondientes se realizará en la cuenta bancaria en la que esté domiciliada la prima de cada uno de los seguros en promoción.

En los Seguros de duración inicial anual:

  • Con un asegurado incluido: se abonará el importe de la prima del cuarto recibo mensual pasados seis meses desde la fecha de entrada en vigor del seguro, y el importe de la prima del vigesimosexto recibo pasados veintiocho meses desde la fecha de entrada en vigor del seguro, al final de cada mes correspondiente.
  • Con dos asegurados incluidos: adicionalmente se abonará el importe de la prima del decimotercer recibo mensual pasados quince meses desde la fecha de entrada en vigor del seguro, al final del mes correspondiente.
  • Con tres o más asegurados incluidos: adicionalmente, a los puntos anteriores, se abonará el importe de la prima del vigesimotercer recibo pasados veinticinco meses desde la fecha de entrada en vigor del seguro.
  • En el caso de que se haya contratado seguros de “Asistencia Sanitaria” con cobertura complementaria dental se abonara importe de la prima del decimosexto recibo pasados dieciocho meses desde la fecha de entrada en vigor del seguro.

En los Seguros de duración inicial de tres años:

  • Con un asegurado incluido: se abonará el importe de la prima del cuarto recibo mensual pasados seis meses desde la fecha de entrada en vigor del seguro, al final del mes correspondiente, el importe de la prima del séptimo recibo mensual pasados nueve meses desde la fecha de entrada en vigor del seguro y el importe de la prima del decimosexto recibo pasados dieciocho meses desde la fecha de entra en vigor del seguro, al final de cada mes correspondiente.
  • Con dos asegurados incluidos: adicionalmente al punto anterior, se abonará el importe de la prima del decimotercer recibo mensual pasados quince meses desde la fecha de entrada en vigor del seguro, al final del mes correspondiente.
  • Con tres o más asegurados incluidos: adicionalmente a los puntos anteriores, se abonará el importe de la prima del vigesimotercer recibo pasados veinticinco meses desde la fecha de entrada en vigor del seguro.

En todo caso, no se podrá percibir el citado importe a través de otro medio. El importe abonado estará sujeto, en su caso, a los impuestos, retenciones u otros recargos vigentes en la fecha de abono.

 

Incumplimiento de las condiciones de promoción

Si se produjera el incumplimiento de alguna de las condiciones indicadas en el apartado “Condiciones de la promoción”, se detraerá de la cuenta bancaria en la que se hubiera ingresado el abono de la cuantía correspondiente al resultado de la diferencia entre el importe entregado y el importe que realmente le hubiera correspondido.

Conforme a lo anterior, el tomador autoriza de forma expresa e irrevocable a la aseguradora a realizar cargos en los términos expresados en este apartado en la cuenta bancaria indicada más arriba.

 

Información básica de protección de datos

SegurCaixa Adeslas, como responsable del tratamiento, tratará los datos personales incluidos en la póliza de seguro que da derecho a esta promoción con la finalidad de poder gestionar la misma, incluyéndose el envío de avisos por los medios de comunicación disponibles en relación con las condiciones descritas en este documento.

Puede consultar más información sobre la política de protección de datos de SegurCaixa Adeslas, y especialmente sobre cómo ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y otros, en siguiente página web: www.segurcaixaadeslas.es/es/proteccion-de-datos

 

Información sujeta a las condiciones de contratación y suscripción, así como a la fiscalidad vigente.

 

SegurCaixa Adeslas, S. A. de Seguros y Reaseguros

Paseo de la Castellana, 259 C (Torre de Cristal), 28046 Madrid (España) – NIF A-28011864
Inscrita en el R. M. de Madrid, tomo 36733, folio 213, hoja M-658265

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